AYUDAS PARA FOMENTAR EL EMPLEO AUTÓNOMO

Juventud

AYUDAS PARA FOMENTAR EL EMPLEO AUTÓNOMO

#Ciudadanía #Desarrollo Local #Juventud 01/08/2019

Ayudas para fomentar el empleo autónomo, Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de la Junta de Andalucía.  ‘Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo’.

Por la presente desde el Área de Desarrollo Local,os informamos de la puesta en marcha de una serie de ayudas para fomentar el empleo autónomo, puestas en marcha por la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de la Junta de Andalucía.

Se trata de “un importante plan de incentivos”, el ‘Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo’ recoge seis supuestos de ayudas para autónomos/as. Todas,están destinadas a reducir el pago de la cuota de los/as trabajadores/as por cuenta propia.

Los seis supuestos que recogen las ayudas son:

Para los/as nuevos/as emprendedores/as

Aquellas personas que hubieran decidido empezar a trabajar por cuenta propia podrán acceder a una ampliación durante otro año más de la tarifa plana de 60 euros.

Con esta extensión, los/as nuevos/as autónomos/as pagarían una cuota a la Seguridad Social de 60 euros durante 24 meses.

Los requisitos principales para acceder a esta prestación son: no haber estado de alta en los 24 meses anteriores y estar desempleado.

Para los/as autónomos/as más jóvenes

Para los/as trabajadores/as autónomos/as menores de 30 años, el Programa recoge una cuota de 30 euros mensuales durante el primer año. Y el pago durante otro año más, de una cuota super reducida de 30 euros. Es decir, los autónomos menores de 30 años pagarán durante dos años una cuota de 30 euros.

Para las autónomas que vuelva a la actividad tras ser madres.

Con esta ayuda, las autónomas que se reincorporen a su actividad tras haber sido madre disfrutarán un año más de una tarifa plana a la Seguridad Social. Con esta prestación, las autónomas que acaban de ser madres tienen cubierto durante dos años su reincorporación a la actividad, pagando durante 24 meses una cuota de 60 euros mensuales.

Para los/as autónomos/as de la agricultura.

Los/as trabajadores/as autónomos/as que se dediquen a la agricultura tienen derecho, durante el primer año de actividad, a una cuota reducida de 50 euros. El programa de estímulo aumenta la prestación otro año, por lo que los/as nuevos/as autónomos/as de la agricultura pagarán 50 euros mensuales durante 24 meses.

Para las autónomas que viven en un pueblo.

Las emprendedoras que inicien su actividad por cuenta propia en un pueblo de menos de 5.000 habitantes disfrutarán de una cuota reducida de 30 euros mensuales durante dos años. Es decir, en lugar de pagar durante el primer año 60 euros por la Tarifa Plana a nivel estatal y durante el segundo la cuota completa, pagarán 30 euros durante 24 meses.

Para las personas que no emprenden solas.

Los/as trabajadores/as por cuenta propia que hayan decidió emprender formando parte de un cooperativa de trabajo asociado o una comunidad de bienes, podrán acogerse “a todas estas ayudas” siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos anteriormente.

En ésta convocatoria que estará ABIERTA DESDE EL 30 de JULIO hasta el próximo 30 de SEPTIEMBRE de 2021, se establecen varios plazos en función del colectivo beneficiario, los cuales detallamos:

.- En el caso de las mujeres trabajadoras autónomas residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes y los autónomos menores de 30 años, el plazo de presentación es de dos meses desde la fecha en que resulte beneficiarios de las ayudas estatales.

.- Con carácter extraordinario para estos colectivos se establece un plazo de dos meses desde mañana para los que son beneficiarios de las ayudas estatales desde el 1 de enero de 2019.

.- En el caso de las mujeres trabajadoras autónomas que han cesado su actividad por nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, las ayudas pueden solicitarse durante los dos últimos meses de disfrute de la reducción estatal.

.- En el resto de los casos tienen de plazo los dos últimos meses de disfrute de la reducción y hasta el última día del mes siguiente.

Las solicitudes y la documentación anexa de las subvenciones se presentarán única y exclusivamente de forma telemática en el formulario de solicitud normalizado que estará disponible en la dirección

https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/18367/como-solicitar.html



Para cualquier consulta pueden pasar personalmente por el Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento de lunes a viernes de 8,00 a 14,00 horas.

 

AUTONOMOS-infogr-general